Tarifas para la reclamación judicial de impagos.
Reclamación de deudas inferiores a 3.000 Euros
Encargo del asunto: 50 Euros + IVA.
Se cobra un 25% de la deuda recuperada con unos honorarios mínimos de 300 euros, siempre y cuando la deuda se recupere .
Reclamación de deudas de 3.000 a 6.000 Euros
Encargo del asunto: 50 Euros + IVA.
Se cobra un 20% de la deuda recuperada .
Reclamación de deudas de más de 6.000 Euros
Encargo del asunto: 75 Euros + IVA.
Se cobra un 15 % de la deuda recuperada.
Si no se logra recuperar la deuda el cliente sólamente tendrá que abonar la cuantía inicial del encargo del asunto.
En este presupuesto no figuran incluidos los honorarios del procurador de los tribunales, que será preciso abonar para el caso de que sea necesario acudir a la vía judicial. Dichos honorarios vienen determinados por ley, son pagados directamente por el cliente al procurador y son exigibles independientemente del resultado del pleito. La tasa judicial también puede ser exigible si el demandante es una sociedad o entidad.